Cómo Empadronarse en Sevilla: Requisitos y Trámites
Empadronarse en Sevilla es una gestión administrativa que cualquier habitante (local o no) debe realizar si vive en la ciudad hispalense. Años atrás era una gestión no complicada de hacer, pero sí había que acudir dos veces (no bastaba con una) al ayuntamiento u oficina de padrón y, por otro lado, tenía una espera de unos 15 o 20 días. Desde hace un par de años esto cambió y ya se puede hacer tan sólo en 15 minutos pidiendo cita previa desde casa antes de acudir directamente.
Si quieres saber qué personas deben realizar este empadronamiento en Sevilla, así como las razones para hacerlo, requisitos que se piden y documentos necesarios, sigue leyendo un poco más que te lo contamos todo a continuación.
¿Quién tiene que empadronarse en Sevilla?
Para empadronarse en Sevilla puedes hacerlo tanto si:
- Quieres dar de alta un nuevo empadronamiento: Al igual que en el resto de España, toda persona que viva en Sevilla debe empadronarse en ella. Por esta razón, debe solicitar la inscripción en el padrón de habitantes.
- Quieres cambiar el domicilio porque te has mudado o cambiado de residencia y debe constar los datos nuevos de tu vivienda actual.
¿Es importante empadronarme?
Como decíamos en otros artículos referidos al mismo tema pero de otras ciudades españolas, empadronarse en una ciudad es importante ya que este certificado se nos solicitará en otras gestiones administrativas y burocráticas:
- Si tienes hijos/as y quieres matricularlos en Sevilla, y más aún en un colegio cercano a tu domicilio, deberás tener el certificado de empadronamiento para adjuntar a la solicitud de escolarización.
- Para recibir atención social y sanitaria por la Seguridad Social, fuera de horario de urgencias y con el respectivo médico de cabecera.
- Para temas relacionados con herencias, impuesto de sucesiones, matrimonio, etc.
Si una ciudad ve incrementada su población, lógicamente, verá incrementado también su presupuesto para todas estas actividades y servicios a desarrollar en ella. Por lo tanto, cumplir con el trámite de empadronamiento sólo trae ventajas y beneficios para todos.
Es un trámite que sólo te llevará unos 15 o 20 minutos de tu tiempo pero que en compensación te abrirá las puertas a múltiples servicios.
Requisitos para empadronarse en Sevilla
Los dos únicos requisitos que se pide en Sevilla a la hora de empadronarse son:
- Vivir en Sevilla con domicilio habitual, presentando una serie de documentos acreditativos, según sea el caso de cada uno
- Hoja a cumplimentar de solicitud de empadronamiento.
Tramitar el certificado de empadronamiento en Sevilla
A continuación, os resumimos los trámites que debe realizarse, según seas ciudadano español o extranjero.
Toda persona que tenga su residencia en Sevilla capital deberá solicitar la inscripción en su padrón de habitantes en el Ayuntamiento de Sevilla. Una vez solicitada y debidamente cumplimentada, el resto de documentos que debe llevar son los que a continuación desvelamos.
¿Qué documentos necesitas para solicitar el empadronamiento en Sevilla?
Lo primero que debes de tener es la Hoja Padronal, que no es otra cosa más que el formulario de inscripción de empadronamiento. Esta hoja puedes descargarla directamente desde este enlace.
- La Hoja Padronal deberá estar totalmente cumplimentada en todos sus apartados, incluyendo las firmas de todas las personas incluidas, o en su caso, la de sus representantes legales (uno de los padres junto a escrito de autorización del otro progenitor; o el tutor del menor o incapacitados). Así como también es importante el dato sobre el lugar de procedencia de los mismos.
- DNI o cualquier otro documento que acredite la identidad. Para ciudadanos españoles bastará con el DNI en caso de mayores de 14 años. Para los ciudadanos europeos que formen parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán aportar: Tarjeta de residencia en vigor o el Certificado del Registro de Extranjeros junto con el documento de identidad del país de origen o pasaporte. Para el resto de extranjeros bastará con la Tarjeta de Residencia, Pasaporte en vigor o Cédula de Inscripción en vigor.
- El Libro de Familia o documento sustitutivo, si existen menores de edad en la solicitud de empadronamiento.
- Documento que acredite que vive en tal vivienda de Sevilla. Puede valer la escritura de compra-venta, contrato de arrendamiento/alquiler, último recibo del IBI, escrito firmado por el presidente de la comunidad de vecinos que acredite que en tal vivienda viven los interesados en empadronarse, o el contrato de suministro de agua, luz o cualquier otro servicio donde conste la dirección y el nombre de la persona que solicita el empadronamiento. No son necesarios todos, simplemente con llevar uno de ellos será suficiente.
Una vez tengamos todos estos documentos nos podremos acercar con todo ello a solicitar el empadronamiento tanto nuestro como del resto de familia o personas a cargo que vivan con nosotros en el mismo domicilio. Es un trámite necesario que toda persona que viva en Sevilla o se cambie de domicilio debe realizar.
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